jueves, 10 de abril de 2008

Prorrogarán la Emergencia Hipotecaria sobre la vivienda familiar

Prorrogarán la Emergencia Hipotecaria sobre la vivienda familiar

Enlace a Fuente Original: DATACHACO

Alicia Mastandrea es autora de la iniciativa parlamentaria

Con el objetivo de la defensa de la Vivienda Familiar Única, la presidenta de la Cámara de Diputados presentó un proyecto Ley a través del cual promueve se prorrogue hasta el 30 de noviembre de este año, la vigencia de la ley .5525 y su modificatoria Nº 5.541.

De ser acompañada por el Cuerpo Legislativo esta iniciativa impulsada por la titular del parlamento Alicia Mastandrea paralelamente se facultará al Ejecutivo Provincial a prorrogar por Decreto la vigencia la vigencia de las normas citadas, por el plazo de 120 días, prórroga que se computará a partir de la fecha de vencimiento indicada en el artículo anterior.

La autora de la iniciativa argumentó que “se propicia una nueva prórroga de las Leyes 5.525 y su modificatoria 5.541, considerando, por un lado, el expreso pedido de la “Asociación Civil de Deudores Hipotecarios y de Defensa de la Vivienda Familiar de la Provincia del Chaco”, y también merituando los antecedentes legislativos de gran parte de las provincias argentinas que continúan con la sanción de normas con igual finalidad a la aquí propuesta.

El dispositivo procesal protectivo establecido por las normas a prorrogar, basado en el ejercicio de las competencias constitucionales del Estado Provincial del denominado “derecho de emergencia”, se ha demostrado eficaz para evitar la pérdida de la vivienda familiar y única de miles de chaqueños”.

En ese sentido aclaró que “si bien, tanto la Nación como las Provincias han reconocido la prevalencia en el conflicto de los derechos constitucionales de la “defensa del bien de familia”, del “acceso a la vivienda digna” y de “la protección integral de la familia” (art. 14 bis de la Carta Magna), en particular sopesando los severos efectos que sobre las clases bajas y medias han provocado las recurrentes crisis económicas soportadas por nuestro país, no por ello se omite considerar y se vulnera el derecho de los acreedores, sino que su ejercicio se posterga por un tiempo razonable, en este caso, por seis meses, de modo de ir evaluando periódicamente la situación, siempre buscando un razonable equilibrio entre los intereses sociales involucrados.

Paralelamente justificó que “es sabido que, por estar involucradas cuestiones jurídicas de estricto federal o nacional, la solución definitiva del endeudamiento que afecta la vivienda única y familiar deberá emanar de los Poderes Nacionales, y en tal sentido, el tiempo de vigencia de las Leyes 5.525 y 5.541 no ha transcurrido en vano, lo cual también abona su prórroga. En efecto, el Congreso Nacional ha sancionado la Ley Nº 26.313, la cual regula la situación de los deudores pre convertibilidad (que se estima abarcaría aproximadamente un 50% del universo de deudores), norma que ha receptado razonablemente el reclamo histórico del movimiento nacional de deudores hipotecarios, estando pendiente aún su reglamentación por la autoridad de aplicación conforme art. 7 (Ministerio de Economía).

También –agregó- es necesario aclarar que dicha ley ha sido parcialmente vetada por el Poder Ejecutivo Nacional a través del Decreto Nº 1.853/07, cercenando parte de sus beneficios. Actualmente el movimiento de deudores hipotecarios está luchando para revocar dicho decreto y para que tal norma sea efectivamente implementada. También para que se dicte la normativa que dé solución al resto de los deudores (post convertibilidad). Todos estos extremos ameritan la continuidad de la protección procesal para la vivienda única y familiar”.

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