jueves, 17 de abril de 2008

Prorrogaron por 120 días la Emergencia Hipotecaria

DATACHACO.COM

Por iniciativa de Alicia Mastandrea, la Cámara de Diputados prorrogó hasta el 30 de noviembre del 2008 la vigencia de la emergencia hipotecaria para la vivienda familiar única, Ley 5.525 y su modificatoria Ley 5.541.

La Ley aprobada con el voto de todas las bancadas, faculta al Poder Ejecutivo Provincial a prorrogar por Decreto la vigencia de la Ley 5.525 y su modificatoria 5.541 por el plazo de 120 días, prórroga que se computará a partir de la fecha de vencimiento indicada en el artículo anterior.

La normativa, autoría de la presidenta de la Cámara de Diputados, fue tratada ante la presencia en el recinto de deudores hipotecarios. Protegerá a entre 8 y 9 mil familias en la provincia, de los cuales 3 mil ya están con sentencia de remate.

En sus fundamentos, Mastandrea considera el expreso pedido de la "Asociación Civil de Deudores Hipotecarios y de Defensa de la Vivienda Familiar de la Provincia del Chaco", y también los antecedentes legislativos de gran parte de las provincias argentinas que continúan con la sanción de normas con igual finalidad.

“El dispositivo procesal protectivo establecido por las normas a prorrogar, basado en el ejercicio de las competencias constitucionales del Estado Provincial del denominado derecho de emergencia, se ha demostrado eficaz para evitar la pérdida de la vivienda familiar y única de miles de chaqueños”, sostiene el trabajo parlamentario.

“Sabido es que, por estar involucradas cuestiones jurídicas de estricto federal o nacional, la solución definitiva del endeudamiento que afecta la vivienda única y familiar deberá emanar de los Poderes Nacionales, y en tal sentido, el tiempo de vigencia de las Leyes 5.525 y 5.541 no ha transcurrido en vano, lo cual también abona su prórroga”, añade.

Los fundamentos explican que el Congreso Nacional ha sancionado la Ley Nº 26.313, la cual regula la situación de los deudores pre convertibilidad (que se estima abarcaría aproximadamente un 50% del universo de deudores), norma que ha receptado razonablemente el reclamo histórico del movimiento nacional de deudores hipotecarios, estando pendiente aún su reglamentación por la autoridad de aplicación conforme art. 7 (Ministerio de Economía).

“También es necesario aclarar que dicha ley ha sido parcialmente vetada por el Poder Ejecutivo Nacional a través del Decreto Nº 1.853/07, cercenando parte de sus beneficios. Actualmente el movimiento de deudores hipotecarios está luchando para revocar dicho decreto y para que tal norma sea efectivamente implementada. También para que se dicte la normativa que dé solución al resto de los deudores (post convertibilidad). Todos estos extremos ameritan la continuidad de la protección procesal para la vivienda única y familiar”, finaliza.

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