viernes, 11 de abril de 2008

RIO NEGRO - Quieren evitar que los deudores hipotecarios pierdan la vivienda única

ADN - RIO NEGRO

Viernes 11 de abril de 2008 - 18:53

Viedma.- El legislador de la Concertación Enrique Muena, presentó un proyecto de ley para establecer el procedimiento mediante el cuál “el Juez competente en las ejecuciones hipotecarias judiciales o extrajudiciales, practique la liquidación del total adeudado antes de la subasta o del desapoderamiento del deudor, todo ello a fin de cancelar la deuda sin la pérdida de la vivienda única familiar”.

De esta manera, el parlamentario otorga a los magistrados una herramienta de ejecución de la deuda, pero fundamentalmente, protege al deudor porque aplicando este nuevo procedimiento se evita la pérdida de la vivienda.

Es por ello que el proyecto de ley plantea nuevas herramientas con modificaciones al Código Procesal Civil y Comercial, entre las que se encuentra la incorporación del artículo 597 bis sobre deudores hipotecarios de vivienda única y familiar, que propone:

“El procedimiento de liquidación establecido en este articulo y el siguiente se aplicará cuando el inmueble a subastar fuera la vivienda única y familiar del deudor. Se tendrá en cuenta si ha sido financiada o construida con fondos del Estado Provincial o Nacional, o con créditos hipotecarios pesificados o no, o se hayan pactado intereses usurarios, capitalización de intereses, cláusulas de caducidad de los plazos o el sistema francés”.

Muena expone entre sus fundamentos que la crisis económica y social que arreció en nuestro país desde mediados de los noventa, afectó la producción y el trabajo de una manera tan contundente que sus secuelas aún llegan a nuestros días, a pesar de la importante recuperación del crecimiento de la economía nacional y niveles de empleo actuales.

Quienes entonces tenían ingresos familiares para adquirir una vivienda digna y lo hicieron tomando créditos hipotecarios sobre su casa, quedaron expuestos a su pérdida, al caer bruscamente esos ingresos y entrar en mora en el pago de los mismos, lo que configura un panorama social delicado, puesto que el empobrecimiento de los sectores medios es un dato central de la secuela de la crisis.

Al quedar en mora, caducaron los plazos y se aplicaron intereses punitorios, así como su capitalización, todo lo cual implicó el agravamiento del monto con que podrían rescatar su vivienda.

El Sistema de Refinanciación Hipotecaria de la Ley 25.798 significó un gran paso, dado que el Estado Nacional se hizo cargo de este problema social de forma que, los deudores pudieran pagar un refinanciamiento de sus deudas, con cuotas proporcionales a sus actuales ingresos familiares.

Sin embargo, el ejercicio de la opción de ingreso al sistema, se dejó en manos de los Bancos, aún cuando el crédito reuniera las condiciones de “elegibilidad“, que justificaba plenamente la injerencia del Estado: préstamos menores de cien mil pesos o dólares con destino a la vivienda única y familiar.

Es por ello que el legislador quiere sumar, mediante este proyecto de ley, nuevas herramientas para que haya reglas equitativas para acreedores y deudores, y se arriben a acuerdos que no perjudiquen la vivienda única.

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